A través de un oficio, la diputada por la región de Antofagasta, Catalina Pérez, le pidió al Ministerio de Medio Ambiente declarar el Río Loa como humedal urbano para así poder garantizar la protección de su caudal.
Del mismo modo, la parlamentaria ofició a la Municipalidad de Calama para que, en consideración a la facultad que la ley le otorga, replique la solicitud a la cartera de medioambiente y aporte antecedentes para la declaratoria.
“Hay una deuda tremenda con la comunidad loína y su principal fuente hídrica. El río Loa provee de agua a varias localidades en pleno desierto de Atacama y no podemos permitir que se siga sobreexplotando y contaminando. Tenemos que buscar mecanismo de protección y a principio de año se promulgó una ley que permite resguardar superficies de agua que cumplan ciertas características dentro de ellas encontrarse en el radio urbano, como ocurre con el río Loa. El diagnóstico de la Seremi es preocupante, por eso le solicitamos al Ministerio y al Municipio que lo declaren un humedal urbano y así lo podamos cuidar”, señaló la diputada Pérez, quien también es integrante de la comisión de Medio Ambiente.
Miguel Ballesteros, vocero de Recuperemos Calama, agregó que “es urgente establecer mecanismos de salvaguardia del río Loa. Estamos hablando de la principal fuente de vida en el desierto de Atacama y en el caso de su tramo en el radio urbano constituye precisamente la génesis de la ciudad de Calama. Su afectación trae consigo consecuencias sociales, ecológicas y sanitarias incluso imposibles de dimensionar y el diagnóstico es decidor, si no actuamos ahora mañana será demasiado tarde”.
Dentro de las principales conclusiones del “Diagnóstico del Caudal Ambiental de nuestro Río Loa”, se indica que la salinidad de las aguas aumenta gradualmente a lo largo del desarrollo del río, llegando a tener altos niveles de salinidad en las zonas más bajas. En relación a sus usos, destacan las actividades recreativas y culturales; y presiones como las extracciones de agua para usos productivos y de aprovisionamiento y la descarga de aguas servidas, entre otras. Se indica asimismo, que no se alcanza a satisfacer la demanda para todos sus usos, en todos los tramos del río.
La solicitud de declaratoria del río Loa como humedal urbano, se sustenta en la ley 21.202 que entró en vigencia a principios del presente año, la que regula los ecosistemas de humedales dentro de áreas urbanas, permitiéndole al Ministerio de Medio Ambiente establecer criterios para la sustentabilidad de los humedales urbanos mediante un Reglamento y a las Municipalidades generar políticas comunales de protección mediante una ordenanza general de humedales. A su vez los proyectos que impliquen alteración de un humedal urbano deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y se reforma la Ley General de Urbanismo y Construcciones para efectos de incluir a los humedales urbanos en los instrumentos de planificación territorial en todas sus escalas.
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