Este jueves se publicó en el Diario Oficial la modificación al Código Tributario que obliga a los bancos y otras instituciones financieras a informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) los saldos y movimientos bancarios de personas y/o empresas en ciertos casos.
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En específico, el Servicio tendrá acceso a esa información cuando se sospeche de evasión y elusión fiscal, en la medida que los saldos o sumas de abonos registren cierto movimiento igual o superior a 1.500 UF ($49.500.000 aproximadamente).
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